La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires extendió el plazo para el reempadronamiento obligatorio de todas las embarcaciones deportivas y de recreación radicadas en territorio bonaerense. Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 18 de diciembre de 2012 para concurrir al Centro de Servicio Local correspondiente a su domicilio fiscal, o a la zona donde poseen amarre, para presentar la documentación correspondiente.
Según la normativa, quienes no cumplan con este requisito, podrán ser multados por incumplir con su deber fiscal. Entre las sanciones que están contempladas en el Código Fiscal (Art. 60), por infringir los “deberos formales genéricos” que significa no cumplir con el reempadronamiento, se encuentra una multa que puede rondar entre los $200 y $30.000.
En un primer momento, se había dado plazo hasta el pasado 1º de octubre, pero a solicitud de los contribuyentes la Agencia decidió extender dicha fecha para facilitarles la presentación de los documentos pertinentes.
El director de Arba, Martín Di Bella, recordó que “la intención es poder regularizar la situación de las embarcaciones deportivas que existen en la Provincia, ya que a partir de relevamientos en guarderías náuticas hemos encontrado un altísimo grado de informalidad en el sector”.
Cabe destacar que entre los meses de marzo y abril de este año, Arba realizó operativos especiales en 35 guarderías náuticas de la provincia de Buenos Aires, donde controló la situación fiscal de 7.774 embarcaciones deportivas amarradas en territorio bonaerense. En esos procedimientos, los inspectores detectaron unos 3.372 yates (el 44,5% de los controlados) que se encontraban en situación irregular, ya que no estaban debidamente inscriptos en los registros de Arba y por lo tanto no abonaban el impuesto correspondiente.
Di Bella afirmó que “vamos a actualizar los registros porque queremos que todos los propietarios declaren sus yates y cumplan con el pago del Impuesto a las Embarcaciones Deportivas”.
La actualización de información abarca a todos los contribuyentes que posean embarcaciones destinadas a actividades deportivas o de recreación, que estén propulsadas -en forma principal o accesoria- a motor, y que tengan su amarre o guardería habitual en la provincia de Buenos Aires. Actualmente, en el padrón hay incorporados 16 mil navíos de este tipo.
Para reempadronarse en el registro de embarcaciones y evitar las sanciones, el contribuyente deberá presentar ante Arba una declaración jurada, la fotocopia del documento, la copia del Certificado de Matrícula otorgado por Prefectura Naval Argentina, la copia de la póliza de seguros, la factura de compra de la embarcación, boleto de compraventa o escritura pública traslativa de dominio, según el caso.