El 7 de Julio de 2016 la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata dictó sentencia en la causa “Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad c/ Ministerio de Energía y Minería s/ Amparo Colectivo”, dando lugar a un amparo colectivo promovido con el objeto de “requerir en forma urgente, garantice el derecho constitucional a la participación de los usuarios previstos en el artículo 42 de La Constitución Nacional, y en forma cautelar ordene suspender la aplicación del nuevo cuadro tarifario previsto por la resolución 28/16 de dicho Ministerio, hasta tanto se haya dado efectiva participación a la ciudadanía”.
La Cámara resolvió declarar la nulidad de las Resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, retrotrayéndose la situación tarifaria a la existente previamente al dictado de ambas.
Cabe aclarar que la resolución de la Cámara Federal estará vigente hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación dicte sentencia respecto de esta cuestión.